He decidido mi franquicia, ¿cómo hago una S.L?

Todos los emprendedores cuando deciden dar el paso y emprender se encuentran con la tesitura de por donde empezar, qué tipo de empresa crear y cuál es la mejor fórmula.

Como es normal nosotros les intentamos derivar a su gestor ya que no somos expertos en estos temas y es una decisión de calado que afectará a su futuro como empresario y a su tributación. Lógicamente le comentamos como lo han hecho el resto de franquiciados que tenemos, pero siempre sin condicionarle.

En el momento que nuestro emprendedor decide constituir una sociedad limitada y no decantarse por ser autónomo, le recomendamos que para el proceso acuda a un punto PAE (punto de atención al emprendedor). ¿qué es esto?  El gobierno a través de Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha creado esta figura para favorecer la creación de empresas en España, de forma que se haga más fácil, rápido y económico.

Estos PAE, permiten crear una S.L por apenas 150€, eso sí con unas características especiales.

El primer paso que tienes que hacer es buscar un PAE a ser posible público, también los hay privados, para así no tener sorpresas de gestiones no incluidas. Un PAE no cobra nada por las gestiones.

Lo primero es elegir una denominación social, un nombre, y solicitar al registro un certificado de que no lo usa nadie en España. Esto cuesta poco y es rápido, aunque no tan rápido como indican en la web del registro.

Una vez que tienes el nombre certificado, has de crear una cuenta en el banco donde cada uno de los socios deberá ingresar el dinero correspondiente a su aportación al capital social de la empresa. En los casos de S.L creadas a través de PAE, la aportación debe ser 3.000€.

Con ambos certificados y rellenando en el PAE un documento con los datos de la sociedad y de los socios, llamado DUE, el PAE a través de CIRCE, que es el programa que usan ellos para hacer las gestiones de alta de la sociedad, realiza todos los trámites, e incluso te busca una cita en la Notaría que elijas para firmar la constitución de la sociedad.

Los estatutos en este tipo de constitución son estándar y no se puede modificar nada, por lo que el día que vas a firmar solo tiene que ver que no hay erratas.

Una vez firmado, el notario se encarga de los registros necesarios e incluso en el día de la firma ya te facilitan tu NIF provisional con el que puedes empezar a operar mientras te dan el definitivo.

A partir de ahí, solo queda ponerse en manos de una gestoría que guie y controle que la nueva empresa cumple con todas las exigencias legales y societarias.

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