Exonerados dos integrantes de una familia de empresarios por deudas contraídas en 1992

El Juzgado de lo Mercantil nº3 de Barcelona ha dictado Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) a Ana Álvarez Micharet y a Juan Gómez Pérez, marido y mujer, y ambos socios del mismo proyecto. Gracias a la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad los dos quedan libres de las deudas que acumulaban desde 1992 y que ascendían a más de 250.000 euros para ambos.

 

Ana y Juan eran socios de Francisco Mula, quien regentaba una empresa de restauración de fachadas en la Barcelona preolímpica y se arruinó tras avalar un proyecto de construcción en el año 92.

Después de que la familia Mula acudiese a Repara tu Deuda, el despacho especializado en la Ley de la Segunda Oportunidad consiguió resolver el caso de Francisco, quedando exento de las deudas que acumulaba desde esa fecha y convirtiéndose en la primera persona de nuestro país que conseguía la cancelación total de sus deudas proviniendo de la crisis del 92. Se acogieron a la Ley los ocho miembros integrantes de la familia.

En este caso, Repara tu deuda planteó la solicitud de la ley de la segunda oportunidad a los ocho miembros de la familia Mula tras el análisis de los bienes, derechos, ingresos regulares previstos y acreedores y, por el momento, ha conseguido la exoneración para Ana Álvarez, Juan Gómez y Francisco Mula.

Repara tu Deuda explica que en estos casos es preciso evitar cualquier inexactitud en la información y asesorar al cliente en actualizar todos sus datos relativos a las deudas. Una vez tuvieron designados sus mediadores concursales, la Ley introduce un régimen provisional hasta que se aprueba su nuevo régimen de retribución, pero en el caso de los Mula y al tratarse de ocho personas físicas sin actividad económica, se les aplicó un descuento de un 70%. 

Los mediadores concursales realizaron la comprobación de los datos, verificaron la existencia y cuantía de los créditos, y se convocó a los Mula y a los acreedores a una reunión en la que se elaboró un plan de pagos con detalle de los recursos necesarios para su cumplimiento y un plan de viabilidad, con la finalidad de alcanzar el AEP (acuerdo extrajudicial de pagos).

Tras solicitar el BEPI (beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho), en este caso de forma directa, conocida por liquidación exprés, se archiva de forma inmediata el concurso consecutivo por falta de masa activa.

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